El ocultamiento deliberado de sus relaciones personales, íntimamente relacionadas y determinantes para el proceso judicial que tenía a su cargo, ameritan esta nominación.
Reseña de los hechos:
En agosto de 2009 quedó radicada ante el TOCF de Bahía Blanca la causa en la que se llevará a juicio oral y público a 19 imputados por delitos de Lesa Humanidad cometidos en jurisdicción de la Zona 5 de Defensa, Subzona 52. Los imputados son oficiales jefes del V Cuerpo de Ejército, jefes intermedios, miembros de la Policía Federal y del Servicio Penitenciario, imputados de secuestros, torturas y homicidios, y por un total de más de 80 casos.
Inmediatamente elevada la causa, dos de los tres jueces titulares del TOCF se excusaron, uno de ellos por haber defendido en la década de 1980 a militares coimputados y otro por su relación con una de las víctimas. El Dr. VELÁZQUEZ era el único magistrado titular que integraba el Tribunal, completándose la integración con una jueza y un juez designados por la Cámara de Casación Penal a propuesta de VELÁZQUEZ.
Luego de más de un año desde la radicación sin que se haya fijado fecha de inicio de debate, habiendo excarcelado a la mayoría de los imputados, y rechazado pedidos de audiencia solicitados por querellantes - entre otras “vicisitudes” que se explican detalladamente en el escrito de recusación adjunto - el juez VELÁZQUEZ se reunió en el Club Argentino de Bahía Blanca por largas horas junto a uno de sus colegas excusado, un imputado por los mismos delitos que serían materia de debate y sus dos defensores, uno de los cuales es también defensor de un imputado elevado a juicio.
La reunión tomó estado público a través de su publicación por los medios de comunicación, sin embargo, aún frente a esta situación de exposición, el magistrado no cumplió su deber de apartarse, siendo palmaria la vulneración de la garantía de imparcialidad.
De ese modo, 13 de abril de 2011 la parte acusatoria solicitó su recusación, por estar debidamente fundado el temor de parcialidad.
El apartamiento del juez se solicitó “en virtud de haberse comprobado graves circunstancias que ponen seriamente en duda su actuación como juez imparcial en esta causa, pues configuran causales objetivas de temor de parcialidad”
La hipótesis fue confirmado por el propio juez VELÁZQUEZ quien aceptó la causal en los siguientes términos:
Con esto quedó expuesta la íntima relación del juzgador con un imputado, vínculo ocultado deliberadamente por el juez VELÁZQUEZ, y de lo que sólo se tomó conocimiento en forma azarosa, en flagrante violación a garantías constitucionales y de raigambre supralegal.
Como consecuencia directa de estas circunstancias, el juicio que tenía fecha de inicio quedó suspendido hasta tanto la CNCP cubriera esa vacante y la de la jueza que, sorpresivamente, alegó razones de salud y prescripción médica de no participar de tamaño proceso judicial.
Esta exposición de los nexos entre jueces y responsables cívico-militares de los más graves delitos que aun, en este caso, no han logrado ser enjuiciados en Bahía Blanca pone de manifiesto la actualidad de las complejas relaciones de poder que cuando no logran impedir, al menos retrasan la realización de procesos de justicia plena; circunstancias que en definitiva, pretenden mantener la impunidad.
Texto completo del pedido de recusación formulado por la Unidad de Asistencia para causas por violaciones a los DDHH de Bahía Blanca disponible en: http://nohuboderecho.blogspot.com/2011/04/texto-de-la-recusacion-del-presidente.html
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